martes, 10 de junio de 2014

AYUDAS PARA LA REINDUSTRIALIZACIÓN 2014


El objeto será la realización de inversiones de carácter industrial que contribuyan a reforzar la competitividad de las empresas industriales y favorecer el desarrollo de la industria. La finalidad será favorecer el desarrollo de empresas y proyectos estratégicos estimulando las iniciativas industriales innovadoras, que contribuyan a la generación de empleo y al aumento de las exportaciones.

Tipología de Proyecto

Creación, ampliación o traslado de establecimientos industriales en todo el territorio español.
  • Creación de establecimientos industriales: los que impliquen el inicio de una nueva actividad industrial, en cualquier punto del territorio nacional.
  • Traslado de establecimientos: el cambio de localización, con destino cualquier parte del territorio nacional, de establecimientos industriales desde otros emplazamientos previamente existentes.
  • Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. Se entenderá por implantación de una nueva línea de producción a la adquisición del conjunto de equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto. Quedan fuera de esta definición las actuaciones sobre una línea existente, como pueden ser las sustituciones de maquinaria y elementos auxiliares de producción, las adaptaciones o mejoras de éstas.

Beneficiarios

Sociedades válidamente constituidas que no formen parte del sector público que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva.

Presupuesto financiable mínimo

75.000€

Modalidad e intensidad de la ayuda

Préstamos de las siguientes características:
  • 75% sobre el presupuesto financiable.
  • En el caso de empresas constituidas en el 2013 o 2014 el importe del préstamo no podrá superar en tres veces los fondos propios del solicitante.
  • Plazo amortización: 10 años con 3 años de carencia.
  • Tipo de interés: en función de la viabilidad económico-financiera de la empresa será del 3,062% (buena) o del 4,53% (satisfactoria).
 Garantías

En el momento de la solicitud se deberá presentar el resguardo de garantía ante la Caja General de depósitos por importe del 10% del préstamo solicitado.

Conceptos Susceptibles de Ayuda

Creación de establecimientos industriales:
  • Obra Civil: inversiones en urbanización y canalizaciones (exclusión de terrenos).
  • Edificación: adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales así como instalaciones y equipos no vinculados directamente a la producción.
  • Adquisición de aparatos y equipos materiales directamente asociados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.
La suma de obra civil y edificación no podrá superar el 70% del presupuesto financiable total.

Para traslado y ampliaciones:
  • Obra Civil: Inversiones materiales en urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
  • Edificación: Inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
  • Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Ingeniería de proceso de producción:  
o   Gastos de personal propio
o   Materiales necesarios
o   Colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior
o   Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

La suma de los conceptos de obra civil y edificación no podrá superar el presupuesto de aparatos y equipos directamente vinculados a la producción, excepto en las actuaciones de traslado, en cuyo caso la suma de los conceptos de obra civil y edificación podrá alcanzar el 70% del presupuesto financiable total.

El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el 30% del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.

Período financiable
 
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero del 2014 y hasta un plazo de 18 meses contados desde la fecha de resolución de concesión.

Plazo de presentación de solicitudes

Hasta el 3 de julio del 2014

Cobro de las ayudas

Se cobrará la totalidad del préstamo a la resolución de concesión.
 
Presupuesto Convocatoria

General: 45,297Mill€ (posibilidad de incrementarse hasta 200Mill si se libera de otras convocatorias)

Ferrol (45,7Mill€); M.Izda.Nervion (7,9Mill€); Soria (8,8Mill€); Teruel (9,6Mill€); Extremadura (12,2Mill€); Lorca (10,6Mill€); Jaén (9,6Mill€); Bahía de Cádiz (61,8Mill€), C.Gibraltar (26,3Mill€); Canarias (14,8Mill€); El Hierro (3,5Mill€)

Organismo responsable

Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

www.ubachmunne.com
Provença, 282-284   -1  08008 Barcelona
Tel. 93 238 49 30