miércoles, 4 de marzo de 2015

Ayudas para la Reindustrialización 2015


Tipología de Proyecto

Creación, ampliación o traslado de establecimientos industriales en todo el territorio español.
  • Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
  • Traslado: cambio de localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
  • Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. Se entenderá por implantación de una nueva línea de producción a la adquisición del conjunto de equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto. Quedan fuera de esta definición las actuaciones sobre una línea existente, como pueden ser las sustituciones de maquinaria y elementos auxiliares de producción, las adaptaciones o mejoras de éstas.


Beneficiarios

Sociedades válidamente constituidas que no formen parte del sector público que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva (encuadradas en los CNAEs del anexo).

Presupuesto financiable mínimo

75.000€

Modalidad e intensidad de la ayuda

Préstamos de las siguientes características:
  • 75% sobre el presupuesto financiable.
  • En el caso de empresas constituidas en el 2014 o 2015 el importe del préstamo no podrá superar en tres veces los fondos propios del solicitante. En el resto de casos dicho límite se fija en cinco veces los fondos propios.
  • Plazo amortización: 10 años con 3 años de carencia.
  • Tipo de interés: en función de la viabilidad económico-financiera de la empresa:

  1. Excelente: 1,656%
  2. Buena: 2,54%
  3. Satisfactoria: 4,34%


Garantías

En el momento de la solicitud se deberá presentar el resguardo de garantía ante la Caja General de depósitos por importe del 10% del préstamo solicitado.

Conceptos Susceptibles de Ayuda

Creación de establecimientos industriales:
  • Obra Civil: inversiones en urbanización y canalizaciones (exclusión de terrenos).
  • Edificación: adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales así como instalaciones y equipos no vinculados directamente a la producción.
  • Adquisición de aparatos y equipos materiales directamente asociados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.

La suma de obra civil y edificación no podrá superar el 70% del presupuesto financiable total.

Para traslado y ampliaciones:
  • Obra Civil: Inversiones materiales en urbanización y canalizaciones (exclusión de terrenos).
  • Edificación: Inversiones materiales para la adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
  • Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.
  • Ingeniería de proceso de producción:
  1. Gastos de personal propio
  2. Materiales necesarios
  3. Colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior 
  4. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

La suma de los conceptos de obra civil y edificación no podrá superar el presupuesto de aparatos y equipos directamente vinculados a la producción, excepto en las actuaciones de traslado, en cuyo caso la suma de los conceptos de obra civil y edificación podrá alcanzar el 70% del presupuesto financiable total.

El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el 30% del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.

Período financiable

Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero del 2015 y hasta un plazo de 18 meses contados desde la fecha de resolución de concesión.

Plazo de presentación de solicitudes

Del 1 de Abril al 1 de Junio de 2015.

Cobro de las ayudas

Se cobrará la totalidad del préstamo a la resolución de concesión.

Presupuesto Convocatoria

General: 198,7Mill€ (posibilidad de incrementarse hasta 408Mill si se libera de otras convocatorias)
Ferrol, Eume y Ortegal (45,7Mill€); Teruel (8,8Mill€); Soria (8,8Mill€); Jaén (9,6Mill€);
M.Izda.Nervion (7,8Mill€); Bahía de Cádiz (61,7Mill€); Canarias (14,8Mill€); C.Gibraltar
(26,3Mill€); Lorca (10,6Mill€); El Hierro (3,5Mill€); Extremadura (12,2Mill€).

Organismo responsable

Ministerio de Industria, Energía y Turismo.


www.ubachmunne.com
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Tel. 93 238 49 30